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Title: La tabla de pensiones alimenticias mínimas, los ingresos mensuales del alimentante comprometidos con aterioridad a la reclamación de alimentos, el patrimonio y su buen vivir
Authors: Suárez Merino, Edison Napoleón
Roldán Rodríguez, Gertrudis
Keywords: Pensiones Alimenticias
Issue Date: Dec-2015
Abstract: El problema materia de la investigación se planteó con la siguiente pregunta ¿De qué manera influye la normativa jurídica que rige para la aplicación de la tabla de pensiones alimenticias mínimas a favor de los niños, niñas y adolescentes sin considerar las obligaciones adquiridas con anterioridad a la reclamación alimenticia en el patrimonio y el buen vivir del obligado? El problema se enmarca en la línea de investigación “Protección de Derechos y Garantías Constitucionales” aprobada por UNIANDES. Luego de la investigación bibliográfica y bajo la modalidad de la investigación cuali-cuantitativa, con la aplicación de los métodos: inductivo, deductivo, analítico, sintético, histórico y lógico se determinó que la normativa jurídica que rige para la determinación de los alimentos a favor de sus beneficiarios, sin considerar las obligaciones del alimentante adquiridas con anterioridad a la reclamación de los alimentos, influye en el patrimonio y el buen vivir del alimentante; sin embargo las juezas y jueces establecen las pensiones alimenticias en base a los ingresos mensuales del alimentante, descontado únicamente la retención de los aportes al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, siendo indispensable buscar una solución al problema que tiene gran trascendencia en la sociedad toda vez que el problema es actual ya que existen alimentantes que deben pagar alimentos en base a su remuneración mensual, pese a que parte de ésta se encuentra destinada al cumplimiento de otras obligaciones con anterioridad. A través de la investigación se encontró la respectiva solución, plasmada en el ante proyecto de reforma a la Resolución No. 001 CNNA-2014 respecto al cálculo de la pensión alimenticia a favor de los niños, niñas y adolescentes, considerando los ingresos mensuales del alimentante comprometidos con anterioridad a la reclamación de alimentos que garantice el patrimonio y su buen vivir.
Description: El Código de Menores publicado en el Registro Oficial Nº 182 de 129 de septiembre de 1976, en el Art. 79 determino “Que el padre y la madre tienen obligación de proporcionar alimentos a sus hijos” (Código de Menores , 1976). Esta obligación comprende la satisfacción de las necesidades de subsistencia, habitación, educación, vestuario y asistencia médica, siendo competente para determinar los alimentos a favor de los menores de edad los Tribunales de Menores, los que para fijar la pensión alimenticia debían considerar las pruebas aportadas por las partes procesales para establecer la capacidad económica del alimentante y las necesidades del menor. En el Código de la Niñez y Adolescencia publicado en el Registro Oficial Nº 737 de 3 de enero de 2003, se consignan los derechos del niño en la familia y los deberes y derechos de la familia para orientar a los hijos en el marco del respeto a la dignidad humana, junto a otras disposiciones relativas a la patria potestad, la tenencia, el régimen de visitas, alimentos y adopción, determinado en el Art. 126 “El derecho a alimentos de los niños, niñas, adolescentes y de los adultos que se señalan en el Art. 28”, esto de las personas de cualquier edad que no estén en condiciones físicas o mentales de procurarse los medios para subsistir por sí mismos.
URI: http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/1737
Appears in Collections:Magister en Derecho Civil y Procesal Civil

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