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Title: Abandono familiar de pacientes de adicciones según causal de divorcio art.110,numeral 9, código civil
Authors: Pin Silva, William Rafael
Lema Coello, Jennifer Jeshael
Keywords: ABANDONO
DIVORCIO
Issue Date: Dec-2015
Abstract: Para la investigación del tema titulado “EL ABANDONO FAMILIAR DE PACIENTES DE ADICCIONES EN RAZÓN DE LA CAUSAL DE DIVORCIO ESTABLECIDA EN EL ART. 110, NUMERAL 9, DEL CÓDIGO CIVIL”, se planteó como objetivo general el de: Elaborar un estudio de carácter jurídico, doctrinario, analítico y crítico con respecto a la calidad de sujetos de atención prioritaria de los pacientes de adicciones y a sus requerimientos específicos en materia de protección familiar, en relación con el abandono que propicia la causal de divorcio 9na del Art. 110 del Código Civil; teniendo que para su comprobación, aplicar métodos y técnicas de carácter científico, que nos llevaron a la consecución de resultados importantes en los cuales fundamentar nuestra propuesta. A más de la recolección doctrinaria bibliográfica, se realizaron encuestas a profesionales del derecho, en libre ejercicio de su profesión, ciudadanos Babahoyenses, datos con los que se pudo establecer, que la causal 9na. del Artículo 110 del Código Civil, ha causado graves perjuicios al núcleo familiar, provocando el abandono del paciente de adicciones que pertenece a la misma. Se utiliza la línea de investigación: El ordenamiento jurídico Ecuatoriano, Presupuestos históricos, teóricos, filosóficos y constitucionales.
Description: consiste en tratar de analizar lo expresado en el Art. 364 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce a las adicciones como un problema de salud pública, en concordancia con lo establecido por la Organización Mundial de la Salud, que define a aquellas como enfermedades de alta complejidad, determinando que los pacientes que las adolezcan en ningún caso podrán sufrir por dicha causa vulneración de derechos constitucionales; sin embargo, en nuestra legislación, y concretamente en el Art 110, causal 9na, del Código Civil, se determina como causa de divorcio el hecho de que uno de los cónyuges sea ebrio consuetudinario o en general, toxicómano, es decir, se permite que por este medio se ocasione abandono familiar para los desafortunados pacientes de adicciones, contradiciendo la protección especial de parte del Estado, la sociedad y la familia, aquellos tendrían derecho al pertenecer a un grupo de atención prioritaria de los establecidos en el Art. 35 de la Constitución de la República (pacientes de enfermedades de alta complejidad), así como también se permite el quebrantamiento de los deberes conyugales que en forma expresa señala el Art 136 del Código Civil en cuanto determina que los cónyuges están obligados a socorrerse y auxiliarse mutuamente en todas las circunstancias de la vida; pues al permitirse el divorcio por causa de la enfermedad de uno de los cónyuges, se está dando lugar al abandono de aquél, restando sustancialmente sus posibilidades de recibir tratamiento adecuado para superar su compleja enfermedad, condenándolo por ende a una existencia miserable y a una muerte casi segura.
URI: http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/1067
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